En buena parte de las sociedades del Antiguo Régimen, la vestimenta y los adornos estaban estrictamente legislados para que se conociera el estatus de cada individuo a primera vista; por ello, ni en España ni en Turquía se vieron los sefardíes libres de elementos identificadores. Por ejemplo, los zapatos de color amarillo estaban vetados a todos los miembros de la comunidad judía con la excepción de los dragomanes.
Vestían una camisa interior (que llamaban también kamiza) y cubrían el resto del cuerpo con prendas de color violeta y capa negra, ambos colores distintivos de los judíos otomanos. A los hombres no se les permitía llevar el tullbent (una banda de muselina blanca que cubría la nuca y acompañaba al turbante) pero si un kalpak, que era una suerte de turbante que se prolongaba para tapar las orejas. Las mujeres llevaban un gabán hasta los pies y un gran pañuelo de muselina liado a la cabeza, pero que dejaba la cara al descubierto.
Es sabido que en el siglo XVI había un judío al frente del vestuario de la Corte y que mujeres como Esther Handali amasaron una fortuna vendiendo ropa y joyas al harén, transmitiéndose ese gusto por lo caro al conjunto de la comunidad sefardí. Indignado por la opulencia judía, el sultán Murad III (r.1574-1595) quiso tomar medidas drásticas, pero fue apaciguado por su médico Solomón Askenazi que, a cambio, forzó a las judías a dejar de llevar joyas por la calle.
Como tantas otras cosas, el tipo de vivienda estaba estrictamente regulado por la ley otomana, autorizándose además a los sefardíes a vivir en determinados barrios y normalmente a una cierta distancia de las mezquitas (en 1728 cientos de judíos del barrio de Balat fueron desplazados por ello).
Las casas eran de madera y acostumbraban a tener un segundo piso más amplio que hacía de tejado callejero, un modelo de vivienda que aún hoy podemos ver en Balat. Durante el Antiguo Régimen otomano las casas judías estaban obligadas a ser más bajas que sus vecinas musulmanas, así como a pintarse por fuera de negro.
Entonces los sefardíes no podían tener propiedades más allá de su vivienda, con lo que las personas más acaudaladas utilizaban testaferros para adquirir negocios o tener otros domicilios; al cambiar de residencia, los sefardíes ricos eran menos dependientes de su congregación. Ya en la segunda mitad del siglo XIX las viviendas judías se liberaron de estas obligaciones, construyéndose a la manera otomana o la occidental.
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