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Blog del Instituto Cervantes de Estambul

Biblioteca Álvaro Mutis

Las casas

Como tantas otras cosas, el tipo de vivienda estaba estrictamente regulado por la ley otomana, autorizándose además a los sefardíes a vivir en determinados barrios y normalmente a una cierta distancia de las mezquitas (en 1728 cientos de judíos del barrio de Balat fueron desplazados por ello).

Casa en Haydarpasha (Orilla Asiática).
Obra del dr. Musa Albukrek.

Las casas eran de madera y acostumbraban a tener un segundo piso más amplio que hacía de tejado callejero, un modelo de vivienda que aún hoy podemos ver en Balat. Durante el Antiguo Régimen otomano las casas judías estaban obligadas a ser más bajas que sus vecinas musulmanas, así como a pintarse por fuera de negro.

Entonces los sefardíes no podían tener propiedades más allá de su vivienda, con lo que las personas más acaudaladas utilizaban testaferros para adquirir negocios o tener otros domicilios; al cambiar de residencia, los sefardíes ricos eran menos dependientes de su congregación. Ya en la segunda mitad del siglo XIX las viviendas judías se liberaron de estas obligaciones, construyéndose a la manera otomana o la occidental.

Casa de madera en el barrio de Balat.
Foto de Maurice Flesier.

Religión y poder

A su llegada a Estambul, los sefardíes se adaptaron a una estructura político-administrativa pactada entre el sultán y los líderes de las comunidades judías romaniotas que sería conocido como el Millet: según este y a cambio del pago de impuestos, el soberano otomano toleraba la existencia del judaísmo y de un sistema de poder interno. Para consensuar la política comunitaria frente al sultán, organizaban un Beth Din (consejo religioso) formado por cinco rabinos cuyo líder era el Haham Bashi (significa Gran Rabino) que recibía el apoyo de un consejo ejecutivo laico de 14 miembros para asuntos mundanos.

El sistema del Millet permitía una cierta autonomía para las diferentes comunidades religiosas del Imperio Otomano.

Imitando la estructuración romaniota en kaal (cuyo centro era la sinagoga) los sefardíes aceptaron las primeras décadas la preeminencia de estos judíos griegos, sin embargo, su estatus libre de kendi gelen les daba una mayor autonomía frente al poder otomano, de ahí que en el siglo XVI comenzaran a disputarles el liderazgo. Miembros de la Corte del sultán como Yosef Nasi o Salomón ibn Yaes (1520-1603) fueron instrumentales en ese cambio; luego para finales del siglo XVII los sefardíes ya dominaban demográficamente la ciudad de Estambul.

El asunto del pseudo-profeta Zevi en 1666 dividió a la comunidad sefardí, así como levantó suspicacias hacia ellos en el entorno del sultán, por lo que el poder del Millet se inclinó nuevamente hacia los rabinos conservadores. La familia Carmona, banqueros de los jenízaros a comienzos del siglo XIX, y los Camondo, prestamistas del sultán después, devolvieron una cierta influencia a la comunidad judía.

                La desconfianza otomana hacia griegos y armenios facilitó la entrada de judíos en el funcionariado otomano, en su mayoría desligados del mundo religioso, lo que con la voluntad de limitar las atribuciones del Millet en 1856 conllevó un cambio en la misma organización interna de las comunidades. En vísperas de la Primera Guerra Mundial, un sefardí comentaría ante la nueva luna de miel entre el poder turco y el judío: «La clase dirigente de Turquía recuerda a un hombre voraz (…) empezó por devorar a los armenios, luego les tocó a los griegos, y después, uno de estos días, nos tocará a nosotros».

El caso Zevi (1666) és un ejemplo de que religión
siempre va ligada a la política.

Los ritos

De la península ibérica los sefardíes trajeron un corpus ritual característico que, al llegar a Estambul, pervivió en nombre, forma y que en algunos casos se fusionó con el que practicaban los judíos romaniotes y askenazíes. Con la excepción del pseudo-profeta Zevi en 1666, los rabinos de cada congregación se abstuvieron de realizar modificaciones profundas en los ritos.

Es de destacar que un calendario que indicaba las fiestas, ayunos y horas para rezar se denominaba «Orario»; que llamaban «Tik» a la caja que protegía la Torá y «Puntero» o «Yad» al palo con el que podían seguir el texto sagrado sin tocar el libro. Asimismo, aportaron nuevas festividades al ancestral «Purim» (en Pascua), que conmemoraba la salvación de los hebreos en el Imperio persa, con una versión moderna ambientada en la Zaragoza de 1492 y que aún hoy es leída por las congregaciones en hebreo, ladino y turco.

La religión siguió trasmitiéndose a través de las escuelas rabínicas y/o mediante chicos mayores a los menores, en tiempos otomanos en ladino a través del alfabeto hebreo y con la Republica usando caracteres latinos. La imposición de una visión secular de la sociedad contribuyó a la gradual eliminación de los amuletos mágicos enrollados en el cuerpo, mientras que la educación obligatoria en turco llevó a que el ladino se perdiera como lengua de comunicación en la sinagoga.

Los hábitos religiosos están estrictamente regulados.
Foto de Dosseman.

Los impuestos

En el decreto del sultán Solimán contra la persecución a judíos de 1530, la razón principal que lo justifica es el pago de impuestos, de ahí que, por la seguridad de la comunidad, los sefardíes de Estambul no hubieran tardado demasiado en llegar a un acuerdo con los judíos romaniotes y crear una estructura federativa para gestionar el tema (inspirada en el «Reglamento de los judíos de Castilla» de 1432).

Mientras los rabinos se ocupaban de las cuestiones religiosas, el Consejo ejecutivo (o laico) censaba cada congregación, repartía los pagos y se los entregaban al sultán a través del kahya (a menudo un sefardí a pesar de verse uno de ellos ya en 1518 acusado de corrupción). Dado que pagaban por congregación, las autoridades locales hacían lo posible para que sus miembros no se trasladaran a otros lares.

En el siglo XVII cada hogar judío de Estambul contribuía con 660 aspros a través del Consejo, unas cifras que no llegaron a asfixiarlos como si sucedió en otras ciudades, pero que, al atrasarse los pagos por parte de los sectores más desfavorecidos de la comunidad, contribuyó a que paulatinamente una minoría sefardí acaudalada monopolizara la gestión del Consejo ejecutivo.

Además de las contribuciones obligatorias al Estado otomano (fueran ordinarias o extraordinarias), la comunidad sefardí desarrolló fundaciones para apoyar económicamente a los desfavorecidos de la hermandad de barqueros (1715) y de emigrados a Jerusalén (1726). La formación de la República turca terminó por igualar impositivamente a los súbditos musulmanes y judíos con la excepción del nefasto impuesto virlik (1942-1945) que supuso el 5% de los ingresos mensuales para los primeros y del 179% para los segundos.

La protección otomana dependía fundamentalmente
del pago regular de impuestos.

La justicia

Una de las especificidades del sistema Millet era que, a falta de un Registro Civil moderno y de un personal adecuado, el sultán delegaba a menudo el ejercicio de la justicia en las comunidades religiosas del imperio; pues eran estas las que mejor conocían a sus habitantes y se responsabilizaban por estos.

La tradición y el Gran Rabino eran los máximos referentes judiciales, tras estos existía un magistrado especial judío al que se denominaba Regidor con el objetivo de impartir justicia ordinaria, así como un cuerpo policial único (el «berurei averot», originario de Cataluña) que normalmente se responsabilizaba de castigar transgresiones morales y religiosas, sobretodo el adulterio.

Como no todas las faltas podían penarse en un momento, la comunidad sefardí llegó a habilitar una de las sinagogas de Balat para que sirviera como cárcel. En las luchas entre reformistas y conservadores de mediados del siglo XIX, un tal Isaak Akrish fue excomulgado por el Gran Rabino y encerrado; en su caso, el sultán Abdulaziz intervino en la disputa y cambió su condena por un exilio a Hebrón (actual Israel).

De poder elegir, los sefardíes solían aceptar los dictámenes de sus jueces y no apelaban a tribunales islámicos; con el tiempo, pero, comenzaron a recurrir a estos para cuestiones de herencia o temas económicos, así como a los cónsules europeos cuando tenían también la nacionalidad de estos, de modo que antes de establecerse un sistema universal de justicia, la fuerza del Millet ya se había erosionado.

Tribunal judío en 1883

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